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114 Información de la concesión de servicios públicos.
Los cabildos insulares harán pública y mantendrán actualizada la información sobre los servicios públicos concedidos por los mismos y por los organismos públicos y entidades públicas vinculadas o dependientes, incluyendo:
- El servicio público objeto de la concesión administrativa.
- La identificación del concesionario.
- El plazo de la concesión, régimen de financiación y condiciones de prestación del servicio.
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Referencia legal: Art. 114 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares | Periodicidad: Trimestral | Formatos disponibles: DOC, PDF, ODT | Código(s) ITCanarias: 1178 | Forma de publicación: Directa | Tipo de actualización: Manual | Tipo de información: Información de la concesión de servicios públicos.