2.1.- PRÁCTICAS DE DESARROLLO
No es el objetivo de esta guía valorar las distintas metodologías utilizadas para la gestión del desarrollo de aplicaciones, ya que existen múltiples factores que pueden hacer recomendable el uso de una u otra. Lo que sí recogemos es una lista de buenas prácticas, recomendaciones y reglas de obligatorio cumplimiento.
- La metodología a utilizar deberá aportar el proyecto la agilidad necesaria para incluir iterativamente los requisitos transmitidos por los interlocutores del IASS, y aportará las herramientas necesarias para la validación de esos requisitos (maquetas o prototipos). Se aporta a modo de referencia la metodología SCRUM.
- El desarrollo deberá ser, en la medida de lo posible, orientado a tests para asegurar la calidad del software y su robustez ante cambios.
- Se deberá trabajar con el sistema de control de versiones corporativo para todos aquellos desarrollos donde la propiedad intelectual del producto sea del IASS. (en el caso de modificaciones a adaptaciones de los fuentes sujeto a licencia abierta habría que considerarlo aparte).
- No hay que olvidar que el software es un producto vivo. Es muy importante que cuando se desarrolle una aplicación se tenga en cuenta en su mantenimiento no sólo la evolución funcional del mismo sino también su evolución técnica, para que se vaya adecuando a la evolución de la tecnología.
- Las aplicaciones que necesiten validación de usuarios deberán implementar de manera obligatoria la integración con el CAS corporativo, el cual proveerá autenticación con LDAP (Directorio Activo) corporativo, así como mediante certificado electrónico (aceptando al menos el Certificado de Empleado Público de Camerfirma, el certificado de personal física de la FNMT y el DNI Electrónico).
- Usabilidad y accesibilidad. Tenemos que trabajar en que nuestra aplicación facilite su uso por parte de ciudadanos o de compañeros, por lo que en cuanto a los principios de usabilidad y accesibilidad, tanto para aplicaciones web publicadas en la Intranet como en Internet, aplica lo recogido en la Norma vigente publicada a través del Observatorio de Accesibilidad Web del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En el caso de aplicaciones de la Intranet, sin visibilidad hacia la ciudadanía, en caso de imposibilidad técnica de cumplimiento por funcionalidades específicas de la aplicación, la empresa lo deberá justificar al responsable técnico de la aplicación y éste valorará si la aplicación se publica con este déficit de accesibilidad o revisará con los responsables funciones si procede modificar esa funcionalidad.