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109 Información del patrimonio.

Los cabildos insulares, en relación con su patrimonio, harán pública y mantendrán permanentemente actualizada la información siguiente:

  1. La relación de bienes inmuebles que sean de su propiedad, los cedidos por otras administraciones o entidades y los demás sobre los que ostenten algún derecho real, especificando si están ocupados o no por las dependencias de sus órganos o servicios, así como los cedidos a terceros por cualquier título y, en su caso, la persona o entidad beneficiaria y el destino de la cesión.
  2. La relación de bienes de uso o servicio público de acceso público.
  3. La relación de bienes inmuebles arrendados y el destino de uso o servicio público de los mismos.
  4. La relación de vehículos oficiales de los que sean titulares y los arrendados, especificando los órganos o unidades a los que están adscritos.
  5. Las concesiones, autorizaciones, licencias y demás actos administrativos de utilización de dominio público.

a), b) y c) Relación de bienes inmuebles

Descargue la documentación relacionada:

Todos los bienes detallados se destinan al servicio público.


d) Relación de vehículos

Descargue la documentación relacionada:


e) Concesiones, autorizaciones... de utilización de dominio público


Referencia legal: Art. 109 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares | Periodicidad: Puntual | Formatos disponibles: DOC, ODT, XLS, CSV | Código(s) ITCanarias: 1117, 1118, 1119, 1120, 1121, 1122, 1125 | Forma de publicación: Directa | Tipo de actualización: Manual | Tipo de información: Información del patrimonio.

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